Múltiples servicios
Especialistas en el sector PÚBLICO

Auditoría financiera

El objetivo es obtener una seguridad razonable acerca de si la contabilidad en general y las cuentas anuales y demás estados financieros expresan fielmente el resultado de la gestión y su adecuada realidad patrimonial, de acuerdo con las normas y principios generalmente aceptados.

Auditoría de cumplimiento

El objetivo es verificar que los actos, operaciones y procedimientos de gestión se han desarrollado de conformidad con las normas, disposiciones y directrices que sean de aplicación.

Auditoría Operativa

Constituye un examen sistemático y objetivo a fin de proporcionar una valoración independiente de las operaciones de una organización, programa, actividad o función pública con la finalidad de evaluar el nivel de eficacia, eficiencia y economía alcanzado por esta en la utilización de los recursos disponibles, detectar sus posibles deficiencias y proponer a la dirección las recomendaciones oportunas en orden a su corrección, de acuerdo con los principios generales de la buena gestión, para facilitar la toma de decisiones a las personas con responsabilidades de vigilancia o capacidad de emprender acciones correctivas.

REAL DECRETO 424/2017

DE 28 DE ABRIL, POR EL QUE SE REGULA EL RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTROL INTERNO EN LAS ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO LOCAL

El Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del sector público local incorpora la obligatoriedad de establecer en cada entidad local un Plan Anual de Control Financiero sobre la base de un análisis de riesgos. Su alcance deberá asegurar, conjuntamente con el ejercicio de la función interventora y “con medios propios o externos”, al menos, un control efectivo anual del ochenta por ciento del presupuesto general consolidado, que en el transcurso de tres ejercicios consecutivos deberá alcanzar su totalidad.
El artículo 29.3 A) del Real Decreto 424/2017 exige al interventor de la entidad local, entre sus múltiples variadas tareas, realizar anualmente la auditoría de las cuentas anuales de:

a) Los organismos autónomos locales.       
b) Las entidades públicas empresariales locales.
c) Las fundaciones del sector público local obligadas a auditarse por su normativa específica.
d) Los fondos y los consorcios a los que se refiere el artículo 2.2 de este Reglamento.
e) Las sociedades mercantiles y las fundaciones del sector público local no sometidas a la obligación de auditarse que se hubieran incluido en el Plan Anual de Auditorías.

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